Los menores de edad tienen derecho a que sus padres asuman su custodia compartida de forma permanente y solidaria, así se encuentren separados. Sólo se puede asignar la custodia exclusiva a uno de ellos cuando se busca proteger los derechos prevalentes de los niños. En estos casos no se puede definir su cuidado por estereotipos familiares o actos discriminatorios.
Sentencia T-098 de 1994
Los límites del derecho fundamental a la libertad religiosa y de cultos
Todas las personas son libres de profesar la religión, culto o creencia de su elección. Sin embargo, su ejercicio no puede atacar o vulnerar el orden público, los derechos y libertades de los demás. En Colombia ha sobrepasado su límite al poner en riesgo el bienestar común y el orden social justo.