Corte pone límites al Código de Policía para proteger derechos de reunión e inviolabilidad del domicilio

Corte pone límites al Código de Policía para proteger derechos de reunión e inviolabilidad del domicilio

Sobre el derecho de reunión, la Corte ‘condiciona’ la vigencia normativa a la expedición de una ley estatutaria, y respecto a la inviolabilidad del domicilio concluye que los alcaldes no tienen facultades para ordenar el ingreso a una casa, salvo situaciones excepcionales.

Por: Hernando Aníbal García Dueñas

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