Feminicidio en Colombia: Sistema de Protección

El país muestra altos índices de violencia contra la mujer por su condición de ser mujer, razón para presentar las medidas que en desarrollo del sistema de protección internacional se han adoptado en el derecho colombiano, en perspectiva de prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.

Por: Hernando Aníbal García Dueñas

Desde 1996, Colombia ha direccionado el debate en busca de medidas preventivas y de protección, por la comisión de delitos contra la mujer. En este sentido, el legislador reconoce como delito autónomo alguna conductas criminales que afectan a las mujeres, por su condición de ser mujer.

Las leyes 294 de 1996 y 1257 de 2008

Por medio de estas leyes se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres. Se destaca de estas leyes la necesidad de adoptar normas que permitan garantizar para todas las mujeres:

  • Una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado.
  • El ejercicio de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico interno e internacional.
  • El acceso a los procedimientos administrativos y judiciales para su protección y atención.
  • La adopción de las políticas públicas necesarias para su realización.

En estas leyes se define como “violencia contra la mujer”, cualquier acción u omisión, que le cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial por su condición de mujer, así como las amenazas, la coacción o la privación arbitraria de la libertad.

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Las leyes 294 de 1996 y 1257 de 2008 sensibilizan sobre la violencia contra la mujer. Foto: Wikimedia Commons

Delito de feminicidio – Ley 1761 de 2015

 En el contexto internacional fue la sudafricana Diana Russell quien en 1976 ante el Primer Tribunal Internacional de Crímenes contra Mujeres definió y usó el término de “feminicidio”, como el “asesinato de mujeres realizado por hombres motivado por odio, desprecio y un sentido de propiedad de la mujer”.

En Colombia se expide la Ley 1761 de 2015, por medio de la cual se crea el tipo penal de feminicidio como delito autónomo en la legislación penal colombiana. En ella se recoge la definición que se construye en el contexto internacional.

De esta ley vale destacar que se define el feminicidio como la muerte a una mujer, por su condición de ser mujer o por motivos de su identidad de género, o en donde haya concurrido o antecedido circunstancias tales como:

  • Tener o haber tenido una relación familiar, íntima o, de convivencia con la víctima, de amistad, de compañerismo o de trabajo y ser perpetrador de un ciclo de violencia.
  • Ejercer sobre el cuerpo y la vida de la mujer actos de instrumentalización de género o sexual o acciones de opresión y dominio.
  • Cometer el delito en aprovechamiento de las relaciones de poder ejercidas sobre la mujer.
  • Cometer el delito para generar terror o humillación a quien se considere enemigo.
  • La existencia de antecedentes o indicios de cualquier tipo de violencia o amenaza en el ámbito doméstico, familiar, laboral o escolar, por parte del agresor.
  • Que la víctima haya sido incomunicada o privada de su libertad de locomoción, cualquiera que sea el tiempo previo a la muerte.

Con este mecanismo de protección se obliga a las autoridades jurisdiccionales para que actúen con la debida diligencia, con acatamiento de los principios de exhaustividad y de oportunidad, con miras al respeto del derecho que tienen las víctimas y sus familiares.

De igual modo, se dispone que la Defensoría del Pueblo tiene la obligación de garantizar, orientar, asesorar y representar jurídicamente a mujeres víctimas de las violencias de género y en especial de la violencia feminicida.

También se obliga al Ministerio de Educación Nacional para que en las instituciones educativas de preescolar, básica y media incorporen en los currículos, la perspectiva de género, centrándose en la protección de la mujer como base fundamental de la sociedad.

Reflexión

Pese a que la progresividad de la legislación colombiana ha permitido mejorar la investigación y juzgamiento de delitos que por misoginia sufren las mujeres, las cifras siguen al alza y los modus de afectar a las mujeres implican preocupación por la manera inhumana y escalofriante como se cometen los delitos de feminicidio.

No otra cosa se concluye de los casos analizados y publicados en Prospectiva en Justicia y Desarrollo, que obliga a la institucionalidad y la sociedad colombiana a trabajar con mayor compromiso para alcanzar la igualdad de género, con respeto y garantía en el disfrute de los derechos.

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