La Policía ha multado a los vendedores informales por ocupar el espacio público desde el primero de agosto cuando entró a regir el código, sin considerar que las autoridades competentes primero deben ofrecer programas de reubicación o alternativas de trabajo formal, garantizándoles los derechos fundamentales al mínimo vital, al trabajo y a la vida en condiciones de dignidad. La autoridad policial también debe contar con la autorización de un proceso administrativo previo.