El último análisis sobre el capítulo 5 del Acuerdo Final, que por los temas tratados es quizás el más complejo, está enfocado en la reparación a las víctimas. La parte final del quinto punto también menciona aspectos de garantías de no repetición y de la promoción de los derechos humanos, como base para la construcción de paz.
Por: Sergio García Hernández
En Prospectiva Justicia y Desarrollo vemos a los acuerdos, en cuanto a reparación de víctimas, como un marco que plantea un reto al legislador, el Gobierno y la Corte Constitucional a que las acciones descritas, en búsqueda de los derechos de las víctimas, cumplan en su implementación con los estándares internacionales.
A su vez, es clave que las medidas de reparación tengan como fondo la experiencia que frente al tema ya ha tenido Colombia y se guíe mediante lo ya legislado, por ejemplo, en la Ley 1448 de Víctimas y Restitución de Tierras.
La justicia restaurativa, planteada en los acuerdos, tiene que ir acompañada por una actitud de las Farc que, en cumplimiento de los principios de verdad y responsabilidad, deben hablar de su riqueza, cuantificar los montos y hacer su entrega para que hagan parte del componente de la reparación.
No puede dejarse de lado las advertencias que por estos días se escuchan de distintos sectores, en particular de la Fiscalía, más aun cuando debe entenderse que el incumplimiento por ocultamiento de la riqueza de las Farc, llevaría al traste con el Acuerdo, con las consecuencias en la acción que correspondería a la justicia ordinaria (ver parte 3). Inmenso reto tendrán entonces las ramas del poder público colombianas, y por supuesto la guerrilla desmovilizada como parte obligada en el Acuerdo.
La anterior reflexión se despliega del capítulo 5 del Acuerdo en el que las víctimas son en su inicio el centro de lo pactado entre el Gobierno y las Farc, y de esa misma manera, terminan mencionadas como núcleo de un punto que habla de reconocimiento de la verdad, justicia y sanciones para quienes participaron en el conflicto, y que al final se centra en medidas de reparación.
En el tema de reparación, el capítulo quinto estima que debe haber medidas que satisfagan los derechos de las víctimas y que sean promotoras de la construcción de paz. Dentro de ese marco, el Acuerdo incluye actos de reconocimiento y contrición de responsables del conflicto, en los que se reconozca su responsabilidad colectiva por el daño causado.
Este tipo de acciones pueden realizarse antes de la firma y, de hecho, ya se han vivido en actos de perdón como el que las Farc tuvieron con familiares de los diputados del Valle asesinados, o como el que se cumplió el viernes 30 de septiembre con las víctimas del barrio La Chinita, en Apartadó (Antioquia).
Dentro de las medidas de reparación, el Acuerdo Final se refiere a ‘acciones concretas’, en donde están reseñadas acciones colectivas, que podrán incluir reconstrucción de infraestructura, participación en programas de limpieza de territorios de minas antipersonal, artefactos explosivos improvisados, municiones sin explotar o restos explosivos de guerra. También son consideradas actividades como: participación en sustitución de cultivos ilícitos y contribución a la búsqueda de restos de personas muertas o desaparecidas con ocasión del conflicto.
El capítulo 5 nombra que los procesos de reparación tendrán un enfoque territorial, de género, y un direccionamiento a los colectivos más vulnerados por el conflicto, de conformidad con lo mencionado en el punto uno del Acuerdo y con una constante participación de las víctimas. La finalidad, se resalta, es atender los daños en el tejido social al tiempo que se fortalece la confianza en territorio.
La reparación a las víctimas contará también con un apoyo del Gobierno en programas que permitan la recuperación emocional de quienes padecieron el conflicto y sufrieron afectaciones, por ejemplo, de violencia sexual. Las estrategias diseñadas deben contener una mejor calidad de atención psicosocial, así como con una mayor cobertura de centros locales de atención, en el territorio nacional.
Las medidas mencionadas que son entendidas como reparadoras de las víctimas también envuelve la transformación de imaginarios colectivos que permitan a las poblaciones afectadas por la guerra construir un proyecto de vida basado en la confianza y la paz.
Como un punto clave dentro de los mencionados en la parte de reparación a víctimas del Acuerdo está la puesta en marcha de programas de retorno de personas en situación de desplazamiento de reparación de víctimas en el exterior. Todos ellos movidos por los principios de seguridad, dignidad, voluntariedad y en búsqueda de implementación de componentes propios de la Política de Reparación de Víctimas.
Los denominados planes de retorno, según el Acuerdo, deben ir acompañados y asistidos por el Gobierno Nacional, garantías de seguridad de defensores comunitarios, y condiciones de empleo digno, vivienda, educación y salud. En estos proyectos así como en el fortalecimiento de la política pública de restitución de tierras, el Acuerdo compromete a los entes territoriales, quienes resultan claves en la correcta implementación de lo pactado.
Además del enfoque en reparación de víctimas, la parte final del Acuerdo 5 incluye la mención de la necesidad de que con el fin del conflicto existan garantías de no repetición, que debe basarse en una construcción de memoria que genere rechazo de la población a las graves violaciones de los derechos humanos. Estas garantías, se estima en lo pactado en La Habana, deben ser respaldadas por las sanciones que se determinen en el marco de la Jurisdicción Especial de Paz.
El capítulo 5 del Acuerdo Final también invita al Gobierno y las Farc a respetar y promover los derechos humanos. Y se menciona que esos dos componentes deben marcar la implementación de una política pública que busque el respeto a la diferencia de pensamiento y se fundamenta en el cumplimiento de lo estimado en la Constitución Política. De nuevo, aparece como elemento clave, la protección de los defensores de derechos humanos, y las garantías a la protesta social y la movilización.
Con las menciones sobre garantías de no repetición y promoción de derechos humanos termina el capítulo 5 del Acuerdo Final. En esas páginas quedaron descritos elementos claves a tener en cuenta, como la creación de Sistema Integral, movido por el principio de conocimiento de la verdad, para lo cual se crea la ‘Comisión’ y la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas, así como una completa descripción del marco y sanciones que hacen parte de la Jurisdicción Especial de Paz y que termina con un marco de acción sobre reparación a las víctimas, que plantea un profundo reto para el Acuerdo en sí y las instituciones del país de cara al futuro y la implementación de una paz estable y duradera.
Pingback: 10 Prospectivas sobre el Acuerdo Final – Prospectiva en Justicia y Desarrollo