La Corte ordenó a SaludCoop pagar y reparar todos los perjuicios causados a una ciudadana por la violación del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, en una de las tres condiciones admitidas. Hubo demoras en el diagnóstico de la paciente y la EPS no contaba con la capacidad de realizar el procedimiento. El niño nació en septiembre del año pasado, con hidrocefalia bilateral no comunicante.