Las mujeres indígenas víctimas del conflicto sufren violencia en la ciudad

Las mujeres indígenas víctimas del conflicto armado interno son desplazadas forzosamente a la ciudad, en donde enfrentan situaciones degradantes al buscar suplir las necesidades que demandan su familia en materia alimentaria, vivienda, salud y educación.

Por: Hernando Aníbal García Dueñas

Las mujeres de los pueblos indígenas en Colombia han sido víctimas del accionar de organizaciones armadas al margen de la ley. El conflicto armado interno las obliga a abandonar sus territorios y desplazarse forzadamente a la ciudad para proteger a sus hijos del reclutamiento forzado, la muerte, la violencia sexual y la amenaza.

mujer indigena

Foto: Ajmarinf.

Las mujeres indígenas en desplazamiento forzado sufren al abandonar sus territorios. Al llegar a la metrópoli enfrentan un nuevo mundo con un modelo cultural y económico diferente a la cosmovisión de sus pueblos originarios. En la ciudad son revictimizadas porque sufren otras formas de vulneración producto de la discriminación, el desempleo, la miseria urbana y el riesgo que corren las generaciones futuras al no garantizárseles la pervivencia según sus costumbres y cultura ancestral. Además se pone en riesgo la atención de sus hijos y los hombres indígenas las discriminan y maltratan, física y patrimonialmente, al interior de los núcleos comunitarios y familiares.

Estos factores de victimización implican daños a la integridad moral y física que obligan al Estado a la generación de modelos especiales de protección, recuperación y estabilización para lograr la dignificación, restablecimiento y respeto de su derecho fundamental de ser mujer indígena.

Causas del desplazamiento de las familias de los pueblos indígenas

Las principales causas para que las familias indígenas abandonen sus territorios son:

  • Las organizaciones criminales cometen delitos de extorsión, amenazas, desplazamiento y homicidio a los miembros de los pueblos indígenas y a sus defensores de derechos humanos.
  • Los territorios indígenas tienen una riqueza natural que los hace aptos para la explotación de bienes lícitos e ilícitos a gran escala, como el cultivo de coca y la minería criminal. Las organizaciones criminales cambian el uso del suelo de los territorios de los pueblos indígenas, lo que pone en riesgo a las comunidades originarias y a los recursos naturales, y matan, amenazan y desplazan forzadamente a los indígenas que denuncian o se resisten para defender sus derechos sobre la tierra.
  • Las personas mayores y niños indígenas son víctimas de reclutamiento forzado, lo que obliga a las familias a desplazarse forzadamente para proteger a sus miembros.
  • La pobreza y la ausencia o limitación de la presencia efectiva del Estado con programas sociales (salud, educación, empleo y vivienda) pone en riesgo los derechos a la vida, la integridad y la supervivencia. Por lo que las familias de los pueblos indígenas se ven obligadas a abandonar sus tierras y a desplazarse a las principales ciudades para buscar mejorar su bienestar y calidad de vida.

Discriminación social en la ciudad

El rol de la mujer indígena en la ciudad implica resistir un segundo ciclo de vulneración por el desconocimiento de sus derechos y la negación de una atención social que responda a su condición diferenciada por su cultura y formas de concebir el mundo. Por el contrario, se les impone cargas discriminatorias e incluso se ven obligadas a vivir en la calle.

No cuentan con una formación sobre las prácticas comunitarias en la ciudad, lo que les impide competir en las líneas de empleo que se ofrecen, sus ingresos se reducen a la miseria, consiguen trabajos donde no se les brinda garantías de seguridad y salubridad o se dedican a la venta de artesanías en la calle a precios bajos y asediadas por la recuperación del espacio publica por parte de las autoridades.

La búsqueda de recursos para mantener a su familia las obliga a desatender a sus hijos, quienes quedan expuestos a la inseguridad, a la delincuencia que aprovecha las condiciones de vulnerabilidad de los niños y adolescentes, y a la adquisición de modos de actuar distintos a su cultura, lo que provoca su exterminio desde el punto de vista cultural.

Imposibilidad de acceso a la educación de contenido étnico

La mujer indígena está a cargo de la educación de los niños, ella es la trasmisora de los conocimientos, la sabiduría y el manejo de la chagra o sistema de producción indígena. Su labor se pone en riesgo en la ciudad porque no cuenta con condiciones que garanticen mantener el conocimiento ancestral, pues no pueden ofrecer a sus hijos la atención, orientación y formación conforme a su cultura ancestral.

Olivia Charicha, mujer Emberá Katío habitante de Bogotá D.C., nos brinda un contexto de su situación, afirma que: “nosotras venimos desplazadas y acá sufrimos mucho de la comida y del arriendo también, pues viven varias familias en una misma pieza, durmiendo sin colchón. Por eso nosotras queremos gestionar porque los indígenas son víctimas de discriminación con violación de sus derechos. Entonces los niños los tiene en la pieza llorando por no tener que comer”.

Obligación de la institucionalidad

Las mujeres indígenas víctimas del conflicto armado interno y que son revictimizadas en la ciudad por nuevas formas de vulneración fruto de la discriminación e imposibilidad de garantizar la pervivencia de sus familias, merecen una atención integral, ser beneficiarias de políticas claras de retorno, reubicación o fortalecimiento de su arraigo en ciudad cuando en el nuevo entorno sus derechos pueden ser revindicados. En este sentido el Estado tiene la responsabilidad de:

  • Adoptar las medidas necesarias para garantizar la estabilidad de las mujeres indígenas víctimas de desplazamiento forzado durante el tiempo en que se encuentren en la ciudad.
  • Adelantar las tareas para que la sociedad cumpla con sus deberes de solidaridad y de erradicar la discriminación contra la mujer indígena, víctima del conflicto armado.
  • Transformar las redes comunitarias que permitan la dignificación, reconocimiento y respeto de los derechos de la mujer indígena. La institucionalidad y la sociedad deben fomentar aquellos circuitos de atención real y material para extinguir la discriminación.
  • Reparar integralmente, a través de mecanismos administrativos y judiciales, a las mujeres indígenas víctimas del conflicto armado interno y desplazadas forzosamente a territorios con culturas diferentes a la de sus pueblos originarios.
  • El “Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición” debe materializar el modelo de justicia incluyente para las mujeres víctimas directas del conflicto armado interno. Por esta razón, el reconocimiento de sus derechos debe ser efectivo con la adopción de mecanismos ágiles de acceso a la justicia y no como en el proceso transicional de paramilitarismo, en el que no existió una reparación real y material para los pueblos y mujeres indígenas.

Reflexión

El Estado tiene la obligación de proteger a las familias indígenas en ciudad cuando se ven afectadas en el desconocimiento de sus derechos a:

  • La vida e integridad personal.
  • La salud, medicina propia o ancestral.
  • La vivienda o etnovivienda.
  • La educación intercultural o etnoeducación.
  • El derecho propio, originario o mayor.

Es necesario reforzar la legitimidad de un orden político fundado en el reconocimiento y respeto de los derechos de las mujeres indígenas en contexto de ciudad, víctimas del conflicto armado interno. En la actualidad, las poblaciones desplazadas forzadamente que llegan a la ciudad se ven expuestas a la sistemática vulneración de sus derechos y no gozan de bienestar ni de una vida en condiciones de dignidad.

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